martes, 21 de octubre de 2008

Zona de dudas

[1] Inmediatamente después del salto inicial, cuando ninguno de los equipos ha obtenido el control del balón, se produce un balón retenido entre A5 y B5. ¿El juego se reanuda con un
salto entre esos dos jugadores, o entre dos cualesquiera?
[Interpretaciones 2006 Art. 12 Ejemplo 1º] Salto entre dos efectuado en el círculo central entre A5 y B5.

[2] Se señaliza una falta de B7 sobre A4. Posteriormente, en la acción continuada, A4 carga sobre B9. ¿Cómo se ha de sancionar la jugada?
Se sanciona la primera falta y la acción posterior, si no se trata de una falta antideportiva, técnica o descalificante, se ignora.

[3] En las interpretaciones oficiales de 2006 trae el siguiente ejemplo: "A4 está efectuando un lanzamiento cuando B4 intenta distraerlo gritando o pisando fuerte en el suelo, y el lanzamiento entra. Interpretación: se avisará a B4 y se comunicará este hecho a su entrenador.
Dicha advertencia se aplicará a todos los miembros del equipo B durante el resto del partido en caso de producirse un comportamiento similar".

¿La advertencia a B4 y a su entrenador se debe hacer únicamente en la siguiente situación de balón muerto y cronómetro detenido? Si se hiciera después de cesto convertido, el árbitro más cercano tendría que hacer sonar su silbato y ello podría originar una posibilidad de
sustituciones o tiempo muerto computable para cualquiera de los dos equipos. ¿No es así?
Las advertencias al jugador implicado y a su entrenador, se efectuarán siempre con el balón muerto y el reloj detenido.

[4] Sobre el mismo tema, si después de ser advertido B4, incurre de nuevo en distraer el lanzamiento de A4 gritando en el mismo instante en que A4 se está desprendiendo de la pelota, deduzco que si el cesto es convertido, una falta técnica a B4 debe ser sancionada y penalizada.

La controversia radica en si, dada la simultaneidad del cesto y la falta técnica, la penalidad debe ser de uno o dos tiros libres, además de la posesión del balón para el equipo A.
Una vez iniciado el encuentro la penalización de una falta técnica, siempre será de dos tiros más posesión de balón (Art. 38.4.2) a menos que sea de aplicación el Art. 42 de situaciones especiales.

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